viernes, 20 de julio de 2018

Fiscalidad: Acumulación vs. Distribución – impacto en IRPF y Patrimonio

Quinten Massys, Recaudadores de impuestos, 1520?
Este post retoma la serie que iniciamos con objeto de cubrir nuestros "10 mandamientos de #yomeloinvierto". Concretamente vamos a estudiar por qué preferimos, como norma general, por su favorable impacto fiscal, la acumulación frente a la distribución a la hora de elegir nuestros instrumentos de inversión colectiva. Además, hemos construido para este post un simulador fiscal que se puede encontrar al final del mismo.
(Como siempre, recomendamos visitar nuestro Glosario de términos.)
"’Tis impossible to be sure of any thing but Death and Taxes" - The Cobbler of Preston by Christopher Bullock (1716)

Apuntes previos

A veces es difícil encontrar vehículos de acumulación que, siendo de gestión pasiva (indexados), sigan algún factor tipo valor, alto dividendo, calidad, etc. (Smart beta). Dichos vehículos es más fácil encontrarlos en versión distribución. Sin ir más lejos, no existen ETFs de acumulación en EE.UU. (ISIN US…). A pesar de esta dificultad, nosotros los recomendamos, e intentamos incluirlos en nuestras Carteras ejemplo siempre que sea posible. Veremos más abajo por qué (criterios fiscales).

Diferencia entre Acumulación y Distribución

La elección de Acumulación o Distribución tiene implicaciones a 3 niveles:

El primero es más práctico que otra cosa: Hay inversores que necesitan, por razones diversas, complementar su renta con los retornos que obtengan de su inversión. Tener vehículos de reparto simplifica esta cuestión, ya que la distribución periódica de dividendos que se puede obtener en este caso es automática, no suele llevar comisiones, y deja la inversión (llamémosle “capital”) “intacta”, cotizando según evolucione el mercado. Ello asegura que, a plazos suficientemente largos, el inversor puede disponer de una renta periódica, de manera sencilla, y a su vez preservar el capital que tiene invertido (que se irá apreciando, cuando menos, con la inflación, si hablamos de renta variable).

El segundo ya es a nivel fiscal, y es por cuestiones de IRPF. Los repartos de dividendos van a tributar al tipo impositivo del ahorro (19-23%). Por lo tanto, no hay mucho margen para planificar fiscalmente nada si toda nuestra inversión está en vehículos de distribución. Sin embargo, con los vehículos de acumulación, el inversor puede planificar, a la hora de extraer su renta, qué vende o qué no vende (aquí aplica el criterio FIFO – ver nuestro Glosario de términos) en función de dónde tiene plusvalías o minusvalías fiscales.

Ejemplo al respecto de los 2 puntos anteriores: Un inversor que tenga una inversión de 250 mil euros y necesite extraer 10 mil euros al año de su cartera puede:
  1. estar invertido en productos de distribución (imaginemos un 4% bruto de dividendo anual medio) – en este caso, tras tributar como rendimientos del capital mobiliario por sus dividendos, tendrá un neto de 10 mil – 20% del total = 8 mil.
  2. estar en acumulación y hacer una venta por valor de 10 mil de la parte que considere más oportuna – en este caso no tributará por los 10 mil, sino por la ganancia patrimonial acumulada en las participaciones/acciones que venda (pongamos, por ejemplo, un +30%); en este caso le quedará un neto de 10 mil - 20% de la ganancia (3 mil) = 9.400.
Conclusión: Es más ventajosa (aunque más engorrosa en algún caso) la acumulación – pero no olvidemos que todo lo que hemos hecho es un diferimiento fiscal (que no es poco).

La tercera implicación es también a nivel fiscal y tiene relación con el Impuesto de Patrimonio. A este respecto:
  1. En Madrid está bonificado al 100% - así que, si tenemos la suerte de tener patrimonio como para que esto sea relevante y, además, vivir en Madrid, pues doble enhorabuena.
  2. Esto tiene que ver con una norma concreta del impuesto: La suma de las cuotas de IRPF más Patrimonio no podrá exceder del 60 por 100 de la suma de las bases imponibles del IRPF, PERO: para este cálculo no se tendrá en cuenta la parte derivada de ganancias y pérdidas patrimoniales (saldo positivo, > 1 año) - ni en cuota ni en base imponible (ello da lugar a una reducción en la cuota por Patrimonio, que como mucho puede ser un 80%).
(Más información en la AEAT.)

A continuación, presentamos un gráfico que hemos encontrado en un interesante blog sobre planificaciónfiscal y patrimonial (autor: Héctor Pérez Tapia), cuya lectura recomendamos. Viene a mostrar que, si nos descuidamos, pudiéramos terminar tributando hasta un 60% por nuestros dividendos:

Nuestro simulador fiscal #yomeloinvierto

Con objeto de ilustrar la diferencia existente, a nivel tributario, en las opciones que tenemos como inversores y para que los lectores puedan hacer sus propias simulaciones, en #yomeloinvierto hemos construido esta calculadora fiscal aproximada.

Sólo hace falta introducir las cuantías marcadas en amarillo (nivel de patrimonio, rentas del trabajo, ventas de activos – con su plusvalía estimada - y dividendos) y el resultado se actualizará automáticamente en el navegador proporcionando un cálculo aproximado de:
Cuota de IRPF.
  • Cuota de Patrimonio incluyendo la reducción a que hubiera lugar según el límite conjunto que ya hemos mencionado.
  • Carga fiscal neta efectiva, según diferentes bases (sobre renta bruta o excluyendo pérdidas y ganancias patrioniales).
  • Renta disponible neta después de impuestos para el ejercicio.

Se puede observar, en el caso más extremo de poca renta del trabajo y mucho patrimonio, para una necesidad de renta dada, la diferencia a nivel tributario de optar por productos de acumulación es significativamente más ventajosa.



Appizy
Imp. Patrimonio
Base
Tipo
Cuota
Patrimonio total excl. vivienda habitual
<INPUT
Vivienda habitual
<INPUT
Base liquidable / Cuota
Renta total esperada bruta
Base imponible general (trabajo…)
<INPUT
Venta activos
<INPUT
Dividendos (también cupones…)
<INPUT
Plusvalía/minus. media venta activos
<INPUT
IRPF
Base
Tipo
Cuota
Base General IRPF
Base Ahorro (total)
Base Ahorro IRPF (cap. mob.)
Base Ahorro IRPF (p/g patrim.)
Total IRPF
Total IRPF + Imp. Patr. sin reducción
Total IRPF + IP ex. p/g patr. sin reducción
IRPF base/cuota total excl. p/g patrim.
Limitación conjunta cuotas
Exceso (si >0 derecho a reducción IP)
Límite máximo reducción
Reducción Imp. Patrimonio
Impuesto Patrimonio tras reducción
Total fiscalidad sobre renta
Total IRPF + IP excl. p/g patrim.
Renta neta real después de impuestos
*ESCALAS*
Patrimonio
Base
Base
Cuota:
Cuota
liquidable:
de/hasta:
acum.
más:
de:
total:
IRPF - general
Base
Base
Cuota:
Cuota
liquidable:
de/hasta:
acum.
más:
de:
total:
IRPF - ahorro
Base
Base
Cuota:
Cuota
liquidable:
de/hasta:
acum.
más:
de:
total:

Nota: El simulador hace un cálculo meramente aproximado (por favor, que nadie haga sus declaraciones con esto – es puramente ilustrativo y sólo pretende facilitar la elaboración de escenarios) y no nos hacemos responsables si arroja error alguno respecto del cálculo exacto. En esta web no recogemos ningún dato de los que se introducen en esta herramienta informática; el cálculo se hace localmente en el navegador (javascript) y ahí se queda.


1 comentario: